El próximo 14 de mayo serán las elecciones provinciales en las que los tucumanos elegirán a las autoridades que desempeñarán sus cargos públicos entre 2023 y 2027. En caso de tener que trabajar durante el horario de los comicios, las disposiciones nacionales y la Ley Provincial N° 7.876 del Régimen Electoral de la Provincia, establecen que el voto es un derecho y, por tanto, debe ser ejercido.
Si por razones de trabajo debés estar ocupado durante las horas que dura de acto electoral (entre las 8 y 18 horas del domingo 14 de mayo), tenés derecho a que tu empleador te autorice a concurrir a votar o a desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario u ulterior recargo de horario.
Esto implicaría que, por salir a votar en horario laboral, los trabajadores no deberían sufrir descuentos de salario ni deberían actuar bajo el régimen de “devolución de horas” en otro momento.
Trabajadores según el Régimen Electoral de la Provincia
La Ley N° 7.876 para el Régimen Electoral de la Provincia establece las mismas pautas en consonancia con la disposición nacional. “Los que, por razones de trabajo, deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores con el objeto de concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario”.
Por ello, no aplicaría para Tucumán una modalidad diferente a la del país respecto a los trabajadores a los que les toque un horario laboral coincidente con el de los comicios.